En cuanto a la donación de órganos, la Iglesia siempre los ha permitido, pero siempre es importante tener presente, ciertos cuidados y precauciones debido a corrupción y a la falta de valores éticos y morales que impera actualmente en nuestra sociedad.
Y una vez que hemos tomado la precauciones debidas, ahora si debemos tomar conciencia de la necesidad que tienen nuestros hermanos que sufren, por falta de aquel órgano que tienen atrofiado y por lo mismo lo necesitan para tener una mejor calidad de vida.
Hoy en día, las técnicas de los trasplantes de órganos ofrecen a mucha gente la posibilidad de salvar sus vidas de una muerte inminente o de una vida con sufrimientos intensos.
Los trasplantes “son legítimos –moralmente- por el principio de solidaridad que une a los seres humanos y de la caridad que dispone a donarse en beneficio de los hermanos sufrientes”. La donación de órganos es una obra de caridad, ofreciendo una parte de nosotros mismos para dar una oportunidad de salud y de vida a nuestros hermanos.
Si la donación es en vida, deben darse algunas condiciones:
La principal condición, es que no se cause una grave e irreparable disminución al donador: “Se puede donar solamente aquello que no cause peligro serio para la propia vida o la identidad personal, y por una justa y proporcionada razón”. De ahí que “no todos los órganos sean éticamente donables. Para el trasplante se excluyen el encéfalo y las gónadas, que dan la respectiva identidad personal y procreativa de la persona”
Otras condiciones que deben de darse en la donación:
a) Que el donante lo otorgue libre y responsablemente, después de haber sido suficientemente informado.
b) Que las garantías de éxito sean proporcionales a los inconvenientes para el donante.
c) Que el órgano sea doble o regenerable: como la sangre.
Exceptuados los casos de prescripciones médicas, de orden estrictamente terapéutico, las amputaciones, mutilaciones o esterilizaciones directamente voluntarias de personas inocentes son contrarias a la ley moral.
También es necesario considerar, que las ciencias biomédicas nos ofrecen, además, la posibilidad de proyectar más allá de la muerte nuestra caridad, mediante el ofrecimiento que se hace en vida de una parte del propio cuerpo, lo cual se hará efectivo después de la muerte.
Aquí la condición ética necesaria es que los órganos vitales únicos en el cuerpo, sean removidos solamente después de la muerte; es decir, sólo una vez que conste con certeza que el individuo ha muerto. Como es el caso del trasplante del corazón. De los contrario, los operadores cometen un homicidio.
Por eso es obligatorio legalmente, antes de extraer el órgano al donante, asegurarse de que está cerebralmente muerto, para lo cual se le hacen tres encefalogramas, espaciados por seis horas cada uno; y los tres deben estar planos.
Porque: “Actuar de otra manera representaría causar la muerte del donador intencionalmente para disponer de sus órganos”.
Condiciones que tienen que darse en la Donación de los órganos después de la muerte:
Debido al crecimiento en la demanda de órganos, esto actualmente ha causado una desproporción existente entre la disponibilidad de órganos y la demanda de los mismos, sin embargo, esto no nos debe de llevar, a una promoción indiscriminada del trasplante de órganos, sino que se ha de realizar con criterios éticos, según el reconocimiento de la dignidad humana. Un primer criterio es la necesidad del consentimiento informado. El trasplante presupone una decisión anterior completamente libre e informada, de parte del donador o de alguno que legítimamente lo representa. En este sentido no sería lícito coaccionar o presionar a una persona en orden a obtener su consentimiento. De ahí que la decisión de la persona sea insustituible; dicha decisión es prerrogativa de su dignidad personal y debe ser claramente conocida. Por ello no es lícito presuponer un consentimiento tácito. Por eso conviene manifestar claramente la decisión a este respecto, mediante algún documento en el que conste y se especifique la propia voluntad de ofrecer sus órganos cuando ya se haya traspasado el umbral de la muerte. En todo caso, conviene comunicar la propia decisión a los familiares más cercanos, quienes tendrán la grave responsabilidad de hacerla cumplir.
Por otra parte, sería gravemente inmoral y violatorio de la dignidad de las personas, traficar con sus órganos como si fueran un simple objeto de intercambio comercial. Peor aún sería aprovecharse de la situación de pobreza de las personas para intentar obtener una parte de sí mismas mediante un pago. Hay que recordar que “cualquier trasplante de órganos tiene su origen en una decisión de gran valor ético, la decisión de ofrecer sin recompensa una parte de nuestro propio cuerpo, para la salud y bienestar de otra persona”
Otra conducta que hay que rechazar es la manipulación y experimentación con embriones humanos, a fin de obtener células madre con las cuales se intente obtener órganos para trasplantar. Es importante recordar que la dignidad humana exige que nunca usemos a una persona –aunque ésta sea pequeñísima, en etapa embrionaria- como medio para la salud de otros. A este respecto es necesario alentar una vez más la investigación con células madre aisladas de organismos adultos y a la vez se debe rechazar firmemente la experimentación con células madre embrionales provenientes de trasplante nuclear (clonación), de embriones crio-conservados o producidos mediante las técnicas de fecundación asistida, u obtenidas de abortos inducidos.
Finalmente, la asignación de órganos ha de hacerse con base en un juicio que tenga en cuenta más bien factores clínicos e inmunológicos. Y también es necesario ser justos e imparciales en esa asignación, no dando preferencia a la posición socio-económica, capacidad de trabajo, o utilidad social.
Por último, espero en Dios que esta información que hemos mostrado les sea gran utilidad.